JEE declara INADMISIBLE la candidatura de Porfirio Bazán en Sucre.

Celendín

JEE declara INADMISIBLE la candidatura de Porfirio Bazán en Sucre.

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El Jurado Electoral Especial (JEE) de Cajamarca declaró inadmisible la solicitud de inscripción de la lista de candidatos de Somos Perú para la Municipalidad Distrital de Sucre, encabezada por Porfirio Amado Bazán Ludeña, mediante la Resolución N° 00456-2026-JEE-CAJA/JNE.

A diferencia de otros expedientes donde las observaciones recaen únicamente sobre candidatos a regidores, en este caso dos de las tres observaciones alcanzan directamente al candidato a alcalde, Porfirio Bazán Ludeña, por lo que la organización política deberá acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa electoral.

La primera observación corresponde a la situación jurídica del propio candidato a la alcaldía. Según la resolución, Porfirio Amado Bazán Ludeña declaró en su Hoja de Vida mantener una sentencia recaída en el Expediente N° 00399-2021-2-0601-JR-PE-04, relacionada con el delito de falsa declaración en proceso administrativo.

Ante ello, el Jurado Electoral Especial dispuso que el candidato presente la documentación correspondiente para esclarecer su situación jurídica actual, con la finalidad de verificar que no se encuentre comprendido en alguno de los impedimentos para postular previstos en el Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos.

La segunda observación también involucra a Porfirio Bazán. El JEE señala que el candidato declaró domiciliar en el distrito de Sucre; sin embargo, al consultar la base de datos del RENIEC, se verificó que su Documento Nacional de Identidad fue emitido el 14 de marzo de 2026 y que su lugar de nacimiento corresponde al distrito, provincia y departamento de Cajamarca.

Por ese motivo, el órgano electoral considera que no se encuentra acreditado el requisito de haber nacido o domiciliado de manera continua durante los dos años previos en la circunscripción donde postula, exigiendo que presente documentos de fecha cierta que demuestren dicho domicilio conforme a la legislación electoral.

La tercera observación alcanza al candidato a regidor Clener Yunel Rudas Caja. De acuerdo con la resolución, el postulante declaró laborar como Inspector de Transporte de la Municipalidad Provincial de Celendín durante el periodo 2025-2026; sin embargo, no presentó la licencia sin goce de haber, documento exigido para servidores públicos que participan como candidatos en el proceso electoral. El Jurado dispone que dicha licencia deberá ser presentada conforme a las normas electorales vigentes.

En caso de no cumplir dentro del plazo establecido, el JEE advirtió que podrá declarar la improcedencia de la candidatura respecto de los postulantes observados, conforme al Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para las Elecciones Municipales 2026.

Fuente: Eler Alcántara

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