Presentan tachas contra Joaquín Ramírez y la lista de Somos Perú en Cajamarca
En entrevista con el doctor Santo Guevara, ciudadano que interpuso la tacha contra la candidatura de Joaquín Ramírez Gamarra al Gobierno Regional de Cajamarca, se explicaron los fundamentos legales del recurso presentado ante el Jurado Electoral Especial (JEE) de Cajamarca, así como otras tachas en curso que amenazan candidaturas clave en la región.
Tacha contra Joaquín Ramírez: Omisión de sentencia condenatoria
De acuerdo con lo expuesto por Santo Guevara, el motivo principal para solicitar la exclusión de Ramírez es la omisión de una sentencia condenatoria por delito doloso contra la fe pública (que data de 1997-1998) en el rubro 5 de su declaración jurada de hoja de vida actual.
- Contradicción en hojas de vida: Guevara señaló que, mientras en la postulación actual Ramírez consignó no tener sentencias, en su declaración jurada del año 2011 (cuando postuló al Congreso) sí reconoció bajo juramento contar con dicha condena.
- Marco legal y sanción: La normativa electoral exige la declaración obligatoria de sentencias por delito doloso, aun cuando la condena ya haya sido cumplida. A diferencia de casos donde aplica rehabilitación jurisprudencial, la sanción para la omisión explicita de datos en la hoja de vida es la exclusión directa del proceso electoral, además de la remisión del caso al Ministerio Público por el presunto delito de falsa declaración en procedimiento administrativo.
- Plazos del JEE Cajamarca: El JEE estableció como fecha límite el 30 de julio para resolver la tacha. Cumplido el plazo sin pronunciamiento, Guevara ratificó que, en estricto apego a la ley y a los antecedentes aplicados en otras sedes electorales del país (como las recientes exclusiones en Tlajomulco o Jaén), la candidatura debería declararse excluida.
Tacha contra Somos Perú: Irregularidades en democracia interna
Adicionalmente, Guevara informó sobre la presentación de un recurso de tacha que compromete a toda la fórmula y lista regional del Partido Democrático Somos Perú, encabezada por Edinson Carrasco.
- Vicios procesales: La tacha argumenta el incumplimiento del estatuto del partido respecto a las elecciones internas. Se señala que el órgano electoral nacional asumió directamente el proceso sin la intervención previa de los órganos electorales descentralizados.
- Falta de legitimidad: El documento que designa a los candidatos invitados fue firmado por la señora Patricia Li Sotelo como supuesta presidenta de la organización, pese a que no figuraría inscrita como tal en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP).
- Alcance: La falta acarrea la nulidad e exclusión de la lista regional completa por transgresión a las normas de democracia interna.
Precisiones sobre residencia y jurisprudencia electoral
Finalmente, el especialista abordó otros aspectos del panorama electoral regional:
- Requisito de residencia: Confirmó que la ley mantiene vigente la exigencia de dos años de residencia efectiva para aquellos candidatos que postulen en una jurisdicción donde no hayan nacido.
- Caso de autoridades en funciones: Sobre la situación de alcaldes en ejercicio que postulan en otras jurisdicciones (como el caso de Hernán Vázquez), Guevara recordó la jurisprudencia del Jurado Nacional de Elecciones (JNE): el cargo edil se ejerce a dedicación exclusiva y tiempo completo, por lo que resulta incompatible acreditar residencia continua y permanente en un municipio distante mientras se ostenta la alcaldía en otro.








