SUNASS EXIGE INFORMACIÓN A SEDACAJ POR HALLAZGO DE REACTIVOS VENCIDOS EN CONTUMAZÁ

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SUNASS EXIGE INFORMACIÓN A SEDACAJ POR HALLAZGO DE REACTIVOS VENCIDOS EN CONTUMAZÁ

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Entidad reguladora busca verificar el control del cloro en el agua potable que se distribuye a la población.

La Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass) solicitó información a la empresa prestadora Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de Cajamarca (Sedacaj) tras conocerse el hallazgo de reactivos vencidos en el almacén de la administración de Contumazá, situación detectada durante una visita de control realizada por la Contraloría General de la República del Perú.

Mediante el oficio N.º 00101-2026-SUNASS-DF-SOEP, el organismo regulador requirió a la empresa remitir documentación que permita verificar el adecuado control del proceso de desinfección del agua y el manejo del reactivo DPD utilizado para medir el cloro residual libre.

De acuerdo con el informe de control, estos reactivos —empleados para medir el nivel de cloro residual en el agua potable— tenían la fecha de vencimiento expirada, lo que podría afectar la confiabilidad de los resultados del monitoreo del proceso de desinfección si hubieran sido utilizados en esas condiciones.

Ante esta situación, la Sunass solicitó a Sedacaj enviar en un plazo de dos días hábiles los registros de medición de cloro residual libre correspondientes a febrero de 2026, además de información detallada sobre los reactivos DPD utilizados, como marca, número de lote y fecha de vencimiento, con el fin de verificar la validez de los controles realizados.

Asimismo, pidió el registro de inventario y control de estos reactivos en el almacén de Contumazá, junto con órdenes de compra, facturas o actas de conformidad relacionadas con su adquisición. También solicitó los procedimientos o instructivos vigentes para el requerimiento y uso de estos insumos, así como las medidas adoptadas o previstas para fortalecer su control.

La Sunass precisó que este requerimiento se realiza en el marco de sus funciones de supervisión establecidas en el Decreto Legislativo N.º 1280 – Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, con el objetivo de garantizar que el servicio de agua potable se brinde en condiciones adecuadas.

Finalmente, la entidad recordó que no remitir la información solicitada, hacerlo de manera incompleta o fuera del plazo establecido puede constituir una infracción administrativa, según el reglamento de fiscalización vigente.

La Sunass indicó que continuará realizando acciones de supervisión para asegurar que las empresas prestadoras cumplan con sus obligaciones y que la población reciba agua apta para el consumo humano.

Fuente: JAIME ABANTO PADILLA

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